Asesoramiento Jurídico Gratuito

ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO:

GUADAPAMAS ha habilitado un correo electrónico: abogadoguadapamas@gmail.com para aquellas personas que deseen efectuar una primera consulta jurídica relacionada con su separación/divorcio. Dicha consulta será respondida al mismo correo electrónico por nuestro Departamento Jurídico a la mayor brevedad posible.







miércoles, 28 de enero de 2015

Claves para una guarda y custodia compartida con éxito

De acuerdo con los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2013, el 17,9% de las guardas y custodias acordadas fueron compartidas, lo que supone un incremento de tres puntos con respecto al año 2012. «Es una fórmula que va en aumento, pero no vale para todas las familias», advierte el psicólogo y director de programas de la Fundación de Ayuda al Niño y Adolescente en Riesgo (ANAR), Benajamín Ballesteros. ¿Cuál es la situación en nuestro país? El Código Civil permite a los jueces acordar laguarda y custodia compartida cuando lo soliciten ambos progenitores o bien, con carácter excepcional, cuando lo solicite sólo uno de ellos y siempre que puedan fundamentarla en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor. Es más, hay determinadas comunidades, como Aragón y Valencia ,que incluso han establecido a través de su legislación autonómica la atribución de la guarda y custodia compartida con carácter preferente y/o general.

A esto se añade que el 19 de julio de 2013 se aprobó el «Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio» aunque, según la abogada y directora del teléfono ANAR, Leticia Mata, «se ignora si llegará a convertirse en Ley en esta legislatura». Aun así, remarca, este Anteproyecto supone «un avance» en lo que respecta a este sistema «al quitar el carácter excepcional a la atribución de la guarda y custodia compartida cuando sea solicitada por uno solo de los progenitores —como ya ha venido interpretando el Tribunal Supremo en sus últimas sentencias—, aunque no llega a darle un carácter preferente y/o automático». De esta forma, continúa Mata, «seguirá siendo el Juez quien, previo examen de las circunstancias de cada caso en concreto, determine la guarda y custodia atribuible al mismo, con base en el interés superior del menor».

Como novedad, añade esta letrada, «establece la posibilidad de que el Juez otorgue este tipo de guarda y custodia aunque no haya sido solicitada por ninguno de los progenitores, cuestión que ha suscitado mucho debate por ir en contra de la doctrina jurisprudencial actual y porque, en definitiva, parece arriesgado obligar a ambos progenitores a aceptar un régimen de guarda y custodia no deseado por ninguno de ellos».

Recomendaciones para el éxito

Sí que existen unas claves para que salga bien, explica Ballesteros. «La primera de todas es ser conscientes de que, tras una separación, las familias viven un profundo cambio que afecta a todos los miembros de la misma». No obstante, matiza este psicólogo, «en función de cómo los adultos implicados enfoquen el tema con sus hijos y lleven a cabo la separación, la situación se hará más llevadera para todos».

En segundo lugar, prosigue este experto, «es muy importante que la decisión de la separación se transmita a los hijos por los dos progenitores a la vez, con claridad, adaptándose a su edad y transmitiendo que, a pesar de que es una elección dolorosa, es la mejor opción para todos. Y además es necesario dejarles un espacio para que puedan preguntar aquello que no han entendido o que les preocupa. Tal vez no les surjan dudas en ese momento porque necesitan adaptarse y digerir la noticia, pero sea más adelante cuando necesiten respuestas. Es, además, necesario que los padres estén presentes en ese momento y se muestren cercanos». Pero como base principal ante una separación, concluye Ballesteros, «es crucial transmitir a los hijos que aunque los padres ya no vivirán juntos, seguirán siendo siempre sus padres y estarán ahí cuando lo necesiten».

Enlace a la noticia:
http://www.abc.es/familia-padres-hijos/20150128/abci-padres-custodia-compartida-201501271849.html


No hay comentarios:

Publicar un comentario