Asesoramiento Jurídico Gratuito

ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO:

GUADAPAMAS ha habilitado un correo electrónico: abogadoguadapamas@gmail.com para aquellas personas que deseen efectuar una primera consulta jurídica relacionada con su separación/divorcio. Dicha consulta será respondida al mismo correo electrónico por nuestro Departamento Jurídico a la mayor brevedad posible.







miércoles, 15 de julio de 2015

REUNIÓN DE GUADAPAMAS MAÑANA JUEVES A LAS 20:30 HORAS

Os recordamos que mañana jueves 16 de julio a las 20:30 horas, tendremos reunión de GUADAPAMAS en:

“La tabernita del Barrio” (antiguo “Montaditos”):
cruce C/ Camilo José Cela con C/ Francisco Borobia López
(junto a las pistas deportivas de la Chopera).

martes, 7 de julio de 2015

Prisión para una mujer que acusó de abusos sexuales al padre de sus hijos para recuperar la custodia

 

SANTANDER, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -
   Una mujer ha sido condenada a seis meses de prisión y a pagar una multa de 1.080 euros por presentar una denuncia falsa contra su expareja, a quien acusaba de abusar sexualmente de los dos hijos de once y nueve años que ambos tienen en común.
   La mujer, que reconoció los hechos y se conformó con la condena, deberá indemnizar al padre de sus hijos con 500 euros en concepto de daños morales.

Según relata la sentencia que ahora condena a la mujer, ésta "a sabiendas de su falsedad y con absoluto desprecio a la verdad" denunció que sus hijos le habían relatado que su padre veía películas pornográficas delante de ellos.
   Además, denunció que el hombre había realizado tocamientos en los genitales de la niña, de once años de edad, y también de su hermano, de nueve años.
   La mujer solicitaba además en la denuncia que le fuera suspendida la guarda y custodia que judicialmente había sido otorgada al padre de los niños años atrás.
   Sin embargo, la titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander no atendió a esta petición y, tras iniciar una investigación sobre los hechos, decidió archivar la causa al poder acreditar que tales hechos no habían sucedido.
   Ahora, la mujer ha sido condenada por tal denuncia falsa a seis meses de prisión, si bien la magistrada ha acordado sustituir esa pena por 180 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad.

HECHOS

   La mujer mantuvo una relación sentimental con durante ocho años con el padre de sus hijos. Una vez que se disolvió la pareja, una resolución dictada en abril de 2004 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Valls (Tarragona) otorgó la guarda y custodia de los menores al padre.
   El 28 de noviembre de 2010, la madre acudió a la Comisaría
de la Policía Nacional en Santander, y "a sabiendas de su falsedad y con absoluto desprecio a la verdad", denunció que sus hijos menores le habían relatado que su padre veía películas pornográficas delante de ellos.
   Asimismo, relató que su hija y su hijo le habían dicho que su padre les realizaba tocamientos en sus genitales, lo que dio lugar a la incoación de diligencias previas en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Santander. La mujer solicitó la suspensión de la guarda y custodia que tenía atribuida el padre. Un auto del 10 de abril de 2012 acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las citadas diligencias por no quedar acreditados los hechos denunciados por la acusada.

Enlace a la noticia:
http://m.europapress.es/nacional/noticia-prision-mujer-acuso-abusos-sexuales-padre-hijos-recuperar-custodia-20150707120342.html

lunes, 6 de julio de 2015

Las custodias compartidas se estancan por «temor» judicial

Esta semana, una de las novedades que se han producido en el Parlamento Vasco ha sido la aprobación de una ley para regular la custodia compartida que permitirá, con su entrada en vigor, que cada uno de los progenitores, por separado o de común acuerdo, podrán solicitar al juez la custodia compartida, sin que la oposición de uno de ellos sea obstáculo para no otorgarla.
El País Vasco se une así a otras cuatro comunidades autónomas como Cataluña, Navarra, Aragón y Comunidad Valenciana, con competencias en materia de Justicia, que ya tienen regulada la custodia compartida.
Una circunstancia que no ocurre en Castilla-La Mancha, que no tiene traspasadas las mismas competencias, y que se rige por la Ley estatal de 2005 que, en  uno de sus artículos, incluye la «excepcionalidad», una regla dependiente de cada juez que precisamente es la que perjudica la concesión de custodias compartidas en Castilla-La Mancha y, por añadidura, en la provincia de Albacete. Esta es la razón, según mantiene la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, por la que en Albacete esta opción de compartir el cuidado de los hijos entre ambos progenitores lleva estancada desde hace cinco años, concretamente entre 2009 y 2013 (último año este recogido en el Instituto Nacional de Estadística). Si se comparan, apenas en 2013 se otorgaron tres custodias compartidas más que en 2009, año en el que se concedieron 29 tutelas a ambos progenitores. En la provincia de Albacete, esta fórmula que ha promovido hasta la creación de asociaciones y federaciones apenas supone un cinco por ciento de las custodias que conceden los jueces ante las separaciones y divorcios de padres con hijos menores.
Otro tanto de lo mismo ocurre con las custodias que se otorgan exclusivamente a los padres, que en 2013 supusieron un tres por ciento del total, concretamente, 23 padres se hicieron responsables de la crianza y el cuidado de sus hijos frente a 326 madres.
La presidenta de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, Pilar Marco Ballester, lo tiene meridianamente claro: que se dicten tan pocas custodias compartidas en la provincia de Albacete obedece al «temor» de unos jueces «anclados» en un pasado que nada tiene que ver con el perfil de las madres actuales.

Riguroso cumplimiento. Marco asegura que esa «excepcionalidad» que «incluyeron a última hora las mujeres progresistas del PSOE, «presionadas por las abogadas de Themis que solo buscan la conflictividad para ganar dinero», se está llevando «a rajatabla» por los jueces: «Cuando la ley entró en vigor en 2005, la Fiscalía General del Estado mandó una circular a todas las fiscalías para que no dieran custodias compartidas».
La buena noticia se produjo en abril de 2013, cuando el Tribunal Constitucional se pronunció con una sentencia en la que aseguraba que la custodia compartida es «sí o sí» el interés superior del menor, es decir, que al crear jurisprudencia, «estamos convencidos de que el número de custodias compartidas en 2014 ya ha empezado a crecer».
No obstante, todavía quedan en ejercicio «muchos jueces» con ideas «arcaicas» que siguen con la dinámica de conceder la custodia de los hijos a la madre, cuando el panorama social de 2015 nada tiene que ver con las décadas de los 60 y 70. La realidad, guste o no, es que la gran mayoría de madres están incorporadas al mercado laboral e, incluso, algunos padres con la crisis se han quedado en paro «y se pueden responsabilizar de sus hijos». Ahora, las dificultades y los inconvenientes que tienen las madres trabajadoras para hacerse cargo de sus hijos durante todo el día le ha dado la vuelta a la tortilla, de manera que son ellas las que están pidiendo por contencioso la custodia compartida.

Enlace a la noticia:
http://notasdejurisprudencia.blogspot.com.es/2015/07/familia-extincion-de-la-pension-de.html?m=1

viernes, 3 de julio de 2015

CUSTODIA COMPARTIDA Y VIOLENCIA DE GÉNERO

Hace unas semanas escribíamos sobre el caso del ex Ministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar, y hacíamos referencia a su famosa cita en 2006 en que decía que las ‘denuncias falsas son un coste asumible’, estando él mismo acusado de violencia de género. Sin embargo, esta entrada tiene un tema diferente. Sí es importante, antes de seguir, recordar que este señor, en el primer año de su trabajo como Ministro, ya empezó a esbozar una ley de apoyo a la Custodia Compartida.[1]
También quiero recordar que también el ex Ministro Ruiz Gallardón propuso una Ley de Custodia Compartida que sigue sin materializarse. Es decir, desde hace 11 años hay prometida una Ley de Custodia Compartida que no termina de salir a nivel Nacional. Mientras tanto, diferentes Comunidades Autónomas sí han emitido Leyes a favor.

La siguiente tabla muestra los tipos de Custodia que se están dando en cada Comunidad Autónoma:

Divorcios entre cónyuges de diferente sexo según cónyuge que debe ejercer la custodia[2]
 
 
TOTAL
Padre
%
Madre
%
CC
%
Otros
%
No procede
Sub-total
TOTAL
94.885
2.804
5,57%
38.360
76,17%
9.032
17,93%
167
0,33%
44.522
50.363
ANDALUCÍA
16.408
408
4,41%
7.888
85,30%
920
9,95%
31
0,34%
7.161
9.247
ARAGÓN
2.143
55
4,84%
745
65,58%
330
29,05%
6
0,53%
1.007
1.136
ASTURIAS, PRINCIPADO DE
2.215
69
6,61%
820
78,54%
151
14,46%
3
0,29%
1.171
1.044
BALEARS, ILLES
2.376
61
5,29%
787
68,26%
301
26,11%
3
0,26%
1.223
1.153
CANARIAS
6.083
186
6,23%
2.383
79,78%
410
13,73%
8
0,27%
3.096
2.987
CANTABRIA
1.145
30
5,34%
478
85,05%
54
9,61%
1
0,18%
583
562
CASTILLA Y LEÓN
3.931
99
4,85%
1.689
82,75%
239
11,71%
13
0,64%
1.890
2.041
CASTILLA-LA MANCHA
3.305
102
5,40%
1.565
82,80%
219
11,59%
4
0,21%
1.415
1.890
CATALUÑA
17.565
708
7,71%
5.729
62,41%
2.715
29,58%
28
0,31%
8.386
9.179
CEUTA
215
9
7,83%
91
79,13%
9
7,83%
5
4,35%
100
115
COMUNITAT VALENCIANA
11.376
295
4,66%
4.393
69,37%
1.626
25,68%
18
0,28%
5.043
6.333
EXTREMADURA
1.462
38
4,41%
753
87,46%
64
7,43%
5
0,58%
601
861
GALICIA
5.273
171
6,34%
2.245
83,21%
269
9,97%
13
0,48%
2.575
2.698
MADRID, COMUNIDAD DE
13.198
356
5,36%
5.175
77,94%
1.096
16,51%
13
0,20%
6.558
6.640
MELILLA
181
9
8,04%
65
58,04%
39
34,82%
0
0,00%
69
112
MURCIA, REGIÓN DE
2.813
83
5,03%
1.432
86,74%
131
7,93%
6
0,36%
1.162
1.651
NAVARRA, COMUNIDAD FORAL DE
1.048
19
3,72%
410
80,23%
81
15,85%
1
0,20%
537
511
PAÍS VASCO
3.553
91
4,85%
1.452
77,40%
327
17,43%
6
0,32%
1.677
1.876
RIOJA, LA
597
14
4,26%
261
79,33%
52
15,81%
3
0,91%
268
329
En la tabla hemos remarcado los valores máximo y mínimos (en %), y los dos valores en cada extremo para el caso de las Custodias Compartidas (CC).
Es evidente que las CC.AA. que tienen una Ley a favor de la Custodia Compartida obtienen unos valores más altos. De hecho, en Cataluña es casi un 400% más probable el obtener una Custodia Compartida que en Extremadura. Vivimos pues en un espacio de transición, donde una vez más, el donde vives en España condiciona, y de una manera muy relevante.
¿Y porqué persiste esta situación? Si los dos partidos políticos que han ostentado el Gobierno durante la última década prometen una Ley a nivel Nacional, ¿Qué lo impide? Si son conscientes de que prácticamente el 90% de la población está a favor de la Custodia Compartida ¿Qué retiene a la Ley?
Me temo que la respuesta está en la famosa Ley de Violencia de Género. Y esta vez no solo por los más que conocidos ‘mecanismos’ que dicha Ley ofrece a mujeres que, sin ser víctimas, usan esos mecanismos sin escrúpulos, sino por algo más sutil y socialmente pernicioso.
Escuchar a alguien decir que la Custodia Compartida es una forma más de violencia hacia la mujer, es muy indicativo de hasta qué punto la Ley de Violencia de Género ha creado una sociedad donde hay quien está dispuesto a redefinir el mismo concepto de Violencia con fines interesados.
Cualquier discusión sobre Custodia no puede ni debe tener otro contenido que el bienestar del menor. Y que este bienestar pasa por el contacto continuado con ambos progenitores, aun después de la separación de estos, es algo incuestionable.
Intentar redefinir el concepto de Violencia para que se considere como tal el siquiera considerar que un menor pase un tiempo igual con ambos progenitores es una aberración sociológica, que solo puede darse en una sociedad donde lo ‘políticamente correcto’ impuesto por dicha Ley permite que grupos interesados intenten condicionar burdamente el entender general a favor de la Custodia Compartida.
Contra dicha postura, solo cabe hablar claramente y sin complejos, volviendo a los principios:
La violencia de género es una lacra social, y debe ser combatida como lo que es: violencia. Las mujeres que realmente sufren violencia de género son las primeras perjudicadas por una ley que permite a otras muchas, que no sufren violencia, utilizarla para su beneficio en un proceso de separación. Los Jueces y Fiscales deben ser formados para apreciar los claros síntomas de aquellas personas (hombres y mujeres) que sufren esta violencia, y deben tomar medidas tajantes. Las denuncias falsas deben ser perseguidas.
Ninguna persona, hombre o mujer, debe ver el contacto con sus hijos limitado si no se ha probado judicialmente que ha cometido un delito o falta que justifique dicha limitación.
El derecho de un menor al contacto con sus progenitores, y el derecho de estos a participar realmente en la educación de sus hijos son derechos fundamentales que no pueden verse alineados sin una justificación debida.
Detrás del retraso de la Ley de Custodia Compartida hay mucho de política, política en minúsculas, de intereses pequeños, de intentar salirse con la suya favoreciendo a minorías respetando lo ‘políticamente correcto’.
 Si hubiese una Ley a nivel Nacional a favor de la Custodia Compartida, estas manipulaciones interesadas dejarían de tener sentido. Afortunadamente, mientras los políticos no hacen nada, los Tribunales Constitucional y Supremo han sentado Jurisprudencia decisiva a favor de la Custodia Compartida, reflejando claramente el sentir social.
Animamos a todos los lectores  a promover activamente esta Ley, que tanto hace falta, para que sea una realidad pronto y que los niños de toda España puedan tener las mismas opciones de mantener el contacto con ambos padres, sin que dependa del lugar donde vivan. Eso, me gustaría pensar, es el futuro que deseamos todos para nuestros hijos.
 
Miguel García Simón.
Presidente de GUADAPAMAS.

[2] Fuente: INE. Informe 2013: “Separaciones entre cónyuges de diferente sexo según tipo de separación y cónyuge que debe ejercer la custodia”.